REQUISITOS DEL TRÁMITE SOLICITUD DE VALLAS PUBLICITARIAS


1- 50 I.T.E TIMBRE FISCAL EDO. CARABOBO, POR LA SOLICITUD DEL TRAMITE ADMINISTRATIVO

2- 10 I.T.E TIMBRE FISCAL EDO. CARABOBO

3- 10 I.T.E POR TIMBRES FISCALES DEL ESTADO CARABOBO

4- CANCELAR TASA ADMINISTRATIVA 500 UT (SI LA DOCUMENTACION ES ACEPTADA)

5- CANCELAR TASA ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE.

6- NOTA: CUMPLIENDO CON LA LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE TIMBRE FISCAL DEL ESTADO CARABOBO DE FECHA 22/03/19, EMANADA DEL CONSEJO LEGISLATIVO; PROMULGADA POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO Y PUBLICADA EN GACETA OFICIAL DEL ESTADO CARABOBO EN FECHA 29/03/2019 BAJO NRO. 7239 EXTRAORDINARIA, SE APLICA EL IMPORTE TRIBUTARIO ESTADAL (I.T.E), CON UN VALOR DE (35 BS POR CADA IMPORTE); COMO BASE DE CALCULO A LOS FINES DEL PAGO POR PARTE DE LOS CONTRIBUYENTES DE LOS TRIBUTOS ESTADALES CORRESPONDIENTES; POR INICIO DE ESTE TRAMITE PAGARA (50 I.T.E), Y POR LOS DOCUMENTOS EXPEDIDOS PAGARA UNA ALICUOTA DE LA SIGUIENTE MANERA: PERSONAS NATURALES (50 I.T.E), PERSONAS JURIDICAS DEL SECTOR COMERCIAL (65 I.T.E), Y PERSONAS JURIDICAS DEL SECTOR INDUSTRIAL (100 I.T.E); SU EQUIVALENTE PODRA CANCELARLO POR MEDIO DE LA (FORMA 02) ADQUIRIENDOLA EN LAS OFICINAS DE IPOSTEL, O MEDIANTE LA PLANILLA ELECTRONICA PUR EMITIDA A TRAVES DE LA WEB DEL (SIARTEC); TAMBIEN QUEDA DISPONIBLE EL PAGO POR ANTE LAS TAQUILLAS RECAUDADORAS NUESTRAS.

7- SI ES PEROSNA NATURAL 50 I.T.E; SI ES PERSONA JURIDICA COMERCIAL 65 I.T.E; SI ES PERSONA JURIDICA INDUSTRIAL 100 I.T.E , TIMBRE FISCAL EDO. CARABOBO