REQUISITOS DEL TRÁMITE CORRESPONDENCIA (HACIENDA)


1- 10 I.T.E TIMBRE FISCAL EDO. CARABOBO

2- NOTA: DANDO CUMPLIMIENTO AL DECRETO N 1339 DEL GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO, PUBLICADO EN FECHA 13/03/2020 EN LA GACETA ESTADAL N 7809, EXTRAORDINARIA, DONDE SE FIJA EL VALOR DEL IMPORTE TRIBUTARIO ESTADAL ITE EN LA CANTIDAD DE SEISCIENTOS BOLIVARES (BS 600) COMO BASE DE CALCULO DE LOS IMPUESTOS, TASAS, APORTES, SANCIONES Y CONTRIBUCIONES DE COMPETENCIA ESTADAL. POR INICIO DE ESTE TRAMITE PAGARA (50 I.T.E), Y POR LOS DOCUMENTOS EXPEDIDOS PAGARA UNA ALICUOTA DE LA SIGUIENTE MANERA: PERSONAS NATURALES (50 I.T.E), PERSONAS JURIDICAS DEL SECTOR COMERCIAL (65 I.T.E), Y PERSONAS JURIDICAS DEL SECTOR INDUSTRIAL (100 I.T.E); SU EQUIVALENTE PODRA CANCELARLO POR MEDIO DE LA (FORMA 02) ADQUIRIENDOLA EN LAS OFICINAS DE IPOSTEL, O MEDIANTE LA PLANILLA ELECTRONICA PUR EMITIDA A TRAVES DE LA WEB DEL (SIARTEC); TAMBIEN QUEDA DISPONIBLE EL PAGO POR ANTE LAS TAQUILLAS RECAUDADORAS NUESTRAS.

3- OFICIO Y/O CARTA NARRATIVA DE LOS HECHOS

4- TODOS LOS DOCUMENTOS DEBEN SER CONSIGNADOS EN CARPETA MARRON CON SUS RESPECTIVOS GANCHOS.