1- 0,02 UNIDAD TRIBUTARIA EN TIMBRE FISCAL DEL ESTADO CARABOBO
2- CANCELAR LA TASA ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE.
3- OBSERVACION: PARA QUE PROCEDA ESTE TRAMITE, NO DEBEN HABER PASADO MAS DE SEIS DIAS DE HABER RETIRADO LA CEDULA CATASTRAL, DE LO CONTRARIO DEBERAN PAGAR NUEVAMENTE LA TASA ADMINISTRATIVA
4- ORIGINAL DE CARTA INDICANDO LAS RAZONES DE LA CORRECCION